PREV-07-02/23 – ANSeS
Reconocimiento de servicios prestados en Organismos Internacionales en el país o en el exterior. Cargo por aportes omitidos

 
Vigencia: 26/12/2023
 
I. Objetivo
 
Establecer el procedimiento para efectuar el reconocimiento de servicios prestados en Organismo Internacionales en el país o en el exterior conforme lo establecido por el art. 2º del Decreto Nº 144/58 y efectuar el cargo por los aportes omitidos, ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).
 
II. Alcance
 
Desde la solicitud de reconocimiento de servicios por personas que fueron separadas de su cargo por causas políticas o gremiales hasta su resolución.
 
III. Consideraciones Generales
 
A efectos de computar los servicios prestados en Organismos Internacionales en el país o en el exterior debe acreditarse un mínimo de 10 años de servicios, prestados en el país, cualquiera fuere su naturaleza, considerando como tales los cumplidos en el exterior al servicio en el país y siempre que no perciban jubilación del organismo internacional respecto del cual solicitan el cómputo de los servicios.

Cabe aclarar que los servicios y las remuneraciones percibidas deben certificarse a través de una constancia extendida por el ente Internacional de que se trate, la que debe estar avalada, por el Ministerio de Relaciones Exteriores, no siendo exigible cumplimentar el formulario de práctica.

La Resolución SSS Nº 80 de fecha 06/12/1999, establece la afectación hasta un 5 % del haber mensual de las prestaciones por los conceptos que regula el inciso d) del art. 14 de la Ley Nº 24.241, excluyendo de los alcances de dicha limitación, las situaciones contempladas por las resoluciones Nº 393/92 y su modificatoria Nº 1169/97 (art. 1º), a su vez, señala en su art. 3º que debe afectarse la totalidad de los importes provenientes de una primera liquidación del beneficio en todo lo que corresponda al monto retroactivo, como así también la retroactividad proveniente de reajuste o actualización.

Además, establece que todo cargo o afectación del beneficio de la persona causante, será transferido al beneficio de la pensión que a las personas causahabientes se les conceda.

Por otra parte, indica que el porcentaje fijado del 5% no será aplicable cuando la prestación esté condicionada a un plazo cierto de extinción, tales como la pensión otorgada a un/a hijo/a menor, con plazo de vencimiento en virtud del cumplimiento de la edad prevista por ley y el Retiro Transitorio por Invalidez.
 
IV. Detalle de Tareas
 
Oficina
 
1. La persona titular deberá firmar el consentimiento, a fin de que esta Administración sea agente de retención del cargo efectuado por aportes adeudados.

2. Establece el derecho a la prestación, indicando el periodo por el cual deberá efectuarse el cargo.

3. El letrado de la Oficina emite Dictamen sobre la acreditación de los servicios invocados.

4. Dicta la Resolución reconociendo el periodo según modelo Anexo II.

5. Remite de solicitud de determinación de deuda a AFIP según modelo Anexo III, conforme el procedimiento establecido en la norma de procedimiento PREV-35- 01 y agregando a la misma la resolución dictada en punto 4 y la constancia extendida por el ente Internacional de que se trate, la que debe estar avalada, por el Ministerio de Relaciones Exteriores informando los servicios y las retribuciones percibidas.

6. Coloca el expediente a Resolver por jurisdicción externa.

7. Una vez determinada la deuda, liquida el beneficio y lo incluye en el curso de pago según la metodología vigente, deduciendo el cargo de los servicios reconocidos prestados en el exterior o en el país como funcionarios o dependientes de un Organismo Internacionales de los cuales la republica sea miembro, afectando hasta la totalidad de los importes retroactivos y de ser necesario, el 5% del haber mensual.

ANEXO I
Servicios reconocidos por servicios prestados en Organismos internacionales

 
BUENOS AIRES,
 
VISTO, la solicitud formulada por Don/Doña……………....................,expediente Nº...............................del Registro de esta Administración Nacional de la Seguridad Social, y
 
CONSIDERANDO:
 
Que el titular solicita el reconocimiento del período.......................................... por haber prestado servicios en el Exterior o en el País como funcionarios de Organismos internacionales.
 
Que a los fines del mencionado reconocimiento, a fs……… obra/n agregada/s …………………….…................................………………………………………………….........Que según se desprende del dictamen emitido por el letrado de esta Oficina, del análisis de la documentación mencionada en el Considerando anterior, surge acreditado el lapso...........................................................................................................................................
 
Que a los fines de la determinación de la deuda por aportes omitidos por el período en cuestión, deberá darse intervención a la Administración Federal de Ingresos Públicos.
 
Que una vez determinada la deuda, deberá procederse, de corresponder, al otorgamiento de la prestación solicitada, deduciendo la misma con afectación del retroactivo a percibir y en caso de quedar deuda pendiente en un 5 % del haber mensual, conforme lo dispuesto por las Resoluciones SSS Nº 80/99.
 
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2.741/91, artículo 36 de la Ley Nº 24.241 y Resolución D.E.-A Nº 366/09.
 
Por ello,

EL JEFE DE LA OFICINA ……………..............................

RESUELVE:
 
ARTICULO 1º: Reconocer a Don/Doña ................................................... DNI  Nº .............................CUIL/CUIT  Nº....................., el lapso......................................., atento las razones expuestas en los Considerandos de la presente.
 
ARTICULO 2º Dése intervención a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a los fines de la determinación de la deuda por aportes omitidos, para su posterior deducción conforme las Resoluciones SSS Nº 80/99.
 
ARTICULO 3º: Regístrese, notifíquese y remítase a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a los fines mencionados en el artículo 2º.
 
RESOLUCIÓN Nº
 

ANEXO II

 
BUENOS AIRES,
 
Ref.: Expte. Nº
 
Titular:
 
CUIL:

Por medio de la presente autorizo a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a realizar la afectación de mi haber previsional para saldar la deuda por aportes en función de lo establecido en la Resolución SSS Nº 80 de fecha 6 de diciembre de 1999, por los servicios reconocidos prestados el Exterior o en el País como funcionario de Organismos internacionales

………………………………………………………………………
Firma y Aclaración Titular

ANEXO III
Modelo de Nota a AFIP
Solicitud de cálculo de deuda por aportes

 
BUENOS AIRES,
 
REF.: DETERMINACIÓN DE DEUDA POR APORTES - Servicios prestados en Organismos Internacionales en el país o en el exterior.
 
Titular: …………………………………………
 
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
 
Me dirijo a Ud. en relación al asunto de la referencia, a fin de solicitar a esa Administración
 
practique la determinación de deuda por aportes correspondiente a los periodos acreditados en la Resolución Nº XXXXX, por haber prestado servicios en el Exterior o en el País como funcionario de Organismos Internacionales, correspondiente a la/el titular XXXXXXXXXXXXX CUIL XXXXXXXXXXX.
 
A los efectos del cálculo se acompaña:

  • Resolución xxx
  • Constancia de servicios y remuneraciones extendida por el ente Internacional ………………………………

Una vez cumplido, se solicita remita la documentación al usuario xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (xxxxxxxx#ANSES) (indicar usuario o mesa de entrada del sector).
 
Saludo a usted atentamente.