Circular 60/20 - ANSeS (DPAyT)SIEEL. Sistema Expediente Electrónico. Atención Virtual. Autorización para el pago de asignaciones por hijo con discapacidad
Buenos Aires, 31 de julio de 2020
Se informa a todas las UDAI, oficinas y dependencias internas pertenecientes a esta Administración Nacional el procedimiento a llevar a cabo cuando se presenten solicitudes para la Tramitación de la Autorización para el pago de Asignaciones por Hijo con Discapacidad, las cuales se realizarán en forma ONLINE a través de MI ANSES mediante la herramienta de SIEEL - Atención Virtual.
- El titular solicita mediante la herramienta de SIEEL - Atención Virtual la Tramitación de la Autorización para el pago de Asignaciones por Hijo con Discapacidad, debiendo consignar obligatoriamente un correo electrónico de contacto y optativamente un número de teléfono celular.
SIEEL - Atención Virtual le indicará que debe seleccionar el tipo de trámite:
- Autorización para el pago de Asignaciones por Hijo con Discapacidad.
- Posteriormente, el/la Titular deberá subir:
- Su DNI (frente y dorso) y el DNI de la persona con discapacidad (frente y dorso),
- Formulario PS.2.71 “DDJJ para la Tramitación de la Autorización para el cobro de la Asignación por Hijo con Discapacidad”(Si se trata de una persona con discapacidad Titular de Pensión por Fallecimiento de uno o ambos padres que no genera derecho al cobro de Asignaciones en otra persona, no se debe completar el Rubro 2 y en estos casos en el Rubro 4 deberá consignarse la leyenda “Titular de pensión”).
- Si la solicitud es para una persona con discapacidad mayor de 18 años y no coinciden los domicilios declarados en el rubro 1 y 2 del formulario, el Titular para acreditar el“Estado a cargo”deberá enviar:
- Certificado Médico que acredite que por razones de salud la persona con discapacidad vive en el domicilio declarado, acompañando documentación que acredite la manutención de la persona con discapacidad por parte del Titular (giros bancarios, resumen de gastos mensuales, receta médica con factura de pago de remedios extendida a nombre del Titular, Contrato de Alquiler a nombre del Titular con la constancia de pago respectiva; etc.).
- Otra documentación que permita comprobar que el Titular contribuye a hacer frente a la enfermedad de la persona con discapacidad.
Certificado de Discapacidad con Discapacidad vigente (CUD).
- SIEEL - Atención Virtual asigna la consulta a la UDAI según su código postal y la disponibilidad de atención.
- Desde la bandeja “Pendiente de Asignación”, el rol Supervisor o Jefe deberá asignar la atención virtual a un operador.
- El operador verifica que el CUIL del titular y persona con discapacidad, se encuentren ACREDITADO / ACREDITADO RNP / MODIFICADO RNP en ADP.
- 5.1. Si se encuentran ACREDITADO / ACREDITADO RNP / MODIFICADO RNP y no hay que realizar modificaciones, continúa en punto 6.
5.2. Si no se encuentran ACREDITADO / ACREDITADO RNP / MODIFICADO RNP, se procede a la acreditación (Acreditación ADP de acuerdo a la Circular DPA N° 23/20 o la que en el futuro la reemplace. Operador carga la Información en ADP, según documentación de Respaldo y el Supervisor confirma la información, quedando el CUIL Acreditado en ADP) y continúa en el punto 6
- El Operador analiza la documentación recibida mediante la atención virtual y si:
- 6.1. El Formulario está debidamente cumplimentado y COINCIDEN los domicilios declarados en el Rubro 1 y 2 del Formulario, continúa en el punto 7
(se aclara que si los domicilios no coincidieran en ADP, el titular podrá actualizarlo ante ANSES una vez finalizado el Aislamiento Solidario, Preventivo y Obligatorio).
6.2. El Formulario es para tramitar la Autorización a una persona con discapacidad mayor de 18 años y NO COINCIDEN los domicilios declarados en el Rubro 1 y 2 del Formulario, analiza si con la documentación enviada se puede considerar acreditado o no el “Estado a cargo”.
- 6.2.1. Si con la documentación presentada puede determinar el
“Estado a cargo”,
- continúa en el punto 7.
6.2.2. Si con la documentación presentada no puede determinar el “Estado a cargo” solicita más documentación.
- 6.2.2.1. Coloca la Atención Virtual en “Solicita más información al ciudadano”.
6.2.2.2. Se activa respuesta en el aplicativo SIEEL - Atención Virtual para que el titular cumpla con lo requerido, quedando la misma “En espera”.
6.2.2.3. El ciudadano carga documentación y presiona Enviar.
6.2.2.4. Una vez enviada la documentación, la Atención Virtual, automáticamente se traslada a la bandeja “A trabajar” del operador, que previamente había solicitado la nueva documentación.
6.2.2.1. 6.2.2.5. Vuelve al punto 6.2.1 (Aclaración: no se debe dar como finalizado la atención).
- El Operador ingresa al sistema SADIL, según la norma de procedimientoAAFF-04-14 “Registración de Discapacidades en el aplicativo SADIL para la generación de las Autorizaciones por hijo con discapacidad”,el manual de usuario MAUS-59-01 “Manual de Usuario - Carga de Certificados de Discapacidad en sistema SADIL -carga en línea de certificados / CUD”, Circular DIP N° 03/20 “SADIL -REGISTRACIÓN DE CERTIFICADOS CUD” y continúa en el punto 8.
- 7.1. El CUD se encuentra en el Maestro CUD’s procede a la registración, y continúa en el punto 8.
7.2. Si el CUD no se encuentra en el Maestro CUD’s, previo a la registración se deberá consultar la autenticidad del CUD, ingresando a: https://apps.snr.aob.ar/consultarnpcd/sprina/intro donde se debe consignar el N° que figura debajo del código de barras, que surge del margen izquierdo del CUD:
- 7.2.1. Si el número del código de barras es válido, se deberán ingresar los
- últimos 3 dígitos del DNI del discapacitado,
- y mostrará todos los Datos del Certificado (Apellido y Nombre, DNI y FECHA DESDE y HASTA de vigencia del CUD), y se procede a la registración en el sistema SADIL.
7.2.2. Si el número del código de barras es inválido, mostrará la siguiente pantalla, y no se podrá dar curso a la carga en el sistema SADIL del certificado enviado, y continúa en el punto 8.2.
- Finaliza sin expediente.
- 8.1. Si las novedades fueron ingresadas satisfactoriamente, informa al titular sobre lo realizado.
8.2. Si las novedades no fueron ingresadas satisfactoriamente, informa al solicitante los motivos del rechazo.
- Finaliza el proceso de Atención Virtual.
IMPORTANTE: Si el Operador tuviese algún inconveniente al momento de registrar la/s novedad/es o tuviera dudas relacionadas con el trámite de la Autorización por Discapacidad, podrá efectuar la consulta a la Dirección Asignaciones Familiares y Desempleo a través de CRM utilizando como Tema: “Atención Virtual” y como Subtema: “Asignaciones”.