Buenos Aires, 3 de julio de 2024
Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES que, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las mismas operará en el mensual 09/2024, sólo se ajustarán para el mensual 07/2024 en caso de corresponder, los nuevos valores de haber mínimo y máximo que rigen a partir del dictado de la Resolución ANSES Nº 320/2024.
Los nuevos valores de haber mínimos y máximos que rigen a partir del mensual 07/2024 son:
Haber mínimo = | $215.580,82 |
Haber máximo = | $1.450.654,81 |
Prestaciones excluidas:
1. Ex-Cajas: 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 48, 49, 70, 71, 72, 74 y 75.
2. Retiros de Policía marca R o S.
3. Prestaciones puras de ex-capitalización, Rentas Vitalicias (Compañías de Seguro de Retiro) y Rentas Vitalicias Garantizadas
4. Las pensiones liquidadas, cuyos coparticipes superen el 100% del porcentaje de beneficio se incluirán en la tabla de “NO CALCULAR” y los beneficios con errores graves, a fin de no aplicar un aumento indebido.