Buenos Aires, 27 de julio de 2023
Se pone en conocimiento a todas las Oficinas y demás Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) el nuevo importe a partir del cual los Pagos Manuales por Tesorería (PMT) deberán ser avalados por parte de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas o Dirección General de Prestaciones Descentralizadas según corresponda.
De acuerdo a lo establecido en la Norma PREV-17-17 “Pagos Manuales por Tesorería” vigente, aquellos PMT cuyo importe superen los $100.000,00 (CIEN MIL), deben ser avalados por el responsable de la Dirección General de Prestaciones Centralizadas o de la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas, según corresponda en función al área que generadora del PMT.
Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la vigencia de la norma mencionada y a fin de mantener actualizado dicho monto, conforme evolucionan los haberes mínimos garantizados de las jubilaciones y pensiones del SIPA, se establece como nuevo tope, en reemplazo del mencionado en el párrafo anterior, el importe equivalente a 10 (DIEZ) Haberes Mínimos Garantizados Previsionales, vigentes al momento en que se deba autorizar el PMT.