FINA-08-02/22 - ANSeS
Pagos manuales por Tesorería. Puesta al pago

 
Vigencia: 28/12/2022
 
I. Objetivo
 
La presente tiene como fin brindar una herramienta que asista a las áreas intervinientes en las distintas etapas del circuito de puesta al pago por la Dirección de Tesorería, de haberes correspondientes a prestaciones previsionales, cuando se verifiquen las situaciones previstas en la Resolución D.E.-A N° 672/96 modificada por las Resoluciones D.E. N° 479/99 y 935/03.
 
II. Alcance
 
La presente norma comprende desde la recepción del expediente hasta la puesta al pago y registración del mismo en los sistemas correspondientes.
 
III. Consideraciones Generales

  • El presente procedimiento se instruye en el marco de la Resolución D.E.-A N° 672/96, modificada por las Resoluciones D.E. N° 479/99 y 935/03.
  • Se denomina PMT a los Pagos Manuales por Tesorería que correspondan a haberes Previsionales y cuya casuística se encuentre contemplada en la resolución antes mencionada.
  • El presente procedimiento implica el previo cumplimiento de lo establecido en la norma “PREV-17-17 - Pagos Manuales por Tesorería” o la que en el futuro la remplace.

IV. Flujograma de Macronivel
 
Nota: El Flujograma de Macronivel no se publica
 
V. Detalle de Tareas
 
Dirección de Contabilidad - Coordinación Liquidaciones Prestacionales
 
1. Habiendo cumplido lo estipulado en la norma de procedimiento “PREV-17-17 – Pagos Manuales por Tesorería” o la que en el futuro la remplace, recibe expediente GDE en la Mesa de la Dirección de Contabilidad DCO - CLP, por parte del Área Autorizante del PMT, con los siguientes datos:
 
1.1. Nombre, número de beneficio y CUIL del titular
 
1.2. Número de liquidación
 
1.3. Mes de liquidación e importe
 
1.4. De encontrarse afectado por un embargo o de tratarse de una clave 900 (tutela o curatela), deberá indicarse que es un depósito judicial en la instrucción del PMT.
 
1.5. Destino de pago: Transferencias a CBU de los beneficiarios (deberá indicarse la/las CBU de destino);Transferencias a las cuentas de gastos de administración de la UDAI, debiendo especificar en este caso la UDAI más cercana al domicilio del Beneficiario; Cheque por tesorería o depósito judicial para la situación planteada en el punto (1.4).
 
1.6. Especificación respecto de si se trata de un beneficiario residente en el exterior.
 
2. Controla la documentación obrante en el expediente con la instrucción de pago.
 
2.1. Si la información de la liquidación es consistente con la instrucción de pago, continúa en el punto (3).
 
2.2. Si se detecta alguna inconsistencia, se devuelve al Área Autorizante del PMT, que remitiera el expediente. Fin del Proceso.
 
3. Procede de acuerdo a:
 
3.1. Si se trata de liquidaciones masivas, descarga el archivo Excel que se valida en el expediente con totalidad de casos y montos y destino de pago y resguarda el archivo Excel en archivo de procesos masivos, para posteriores consultas. Continúa en el punto (4).
 
3.2. Si NO se trata de liquidaciones masivas, se procede a la carga en la base de seguimiento de pagos de la Dirección de Contabilidad y Continúa en el punto (4).
 
4. Registra contable y presupuestariamente en SAP, diferenciando los registros según el destino de pago para generar comprobantes diferenciados, (el cual fuera informado en (1)), de acuerdo a:
 
4.1. Transferencias a CBU de los beneficiarios y pagos por cheque de Tesorería.
 
4.2. Transferencias a las cuentas de gastos de administración de la UDAI.
 
4.3. Depósitos judiciales, para los casos indicados en el punto (1.4), en ese caso se adjunta la información que surge del sistema I000 de la CBU (cuenta judicial) a la que corresponda transferir.
 
5. Continua de acuerdo a lo pautado en la norma de procedimiento “FINA-08-05 – Pagos Prestacionales - Puesta al Pago”, Apartado G - Área Dirección de Contabilidad - Coord. Liq. Prestacionales, o la que en el futuro la reemplace, a efectos de controlar el IFFC y proseguir el circuito.
 
Dirección de Tesorería
 
6. Recibe expediente de PMT
 
7. Registra el pago en el sistema contable SAP y procede según lo indicado en el destino de cada pago de pago, pudiendo ser:
 
7.1. Transferencia: a la CBU del Titular.
 
7.2. Transferencia a Cuenta Gastos de Administración de UDAI ó Jefatura Regional, si el titular no posee CBU, indicadas en el legajo de pago.
 
7.3. Por Tesorería de ANSES, generando un cheque, para los casos que el titular no posee CBU y teniendo domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tiene una UDAI más cercana.
 
8. Controla los datos cargados en la transferencia o los datos del cheque con la documentación que obra en la orden de Pago.
 
9. Para los casos en los que se transfiere a CBU del titular o a cuentas de gastos de administración de UDAI o Jefatura Regional, genera el soporte de transferencias en la transacción SAP correspondiente y lo remite vía SITACI al área Control Procesos. Esta última lo remite posteriormente al BNA y genera Nota de Autorización de débito de la cuenta corriente de ANSES con crédito al CBU correspondiente, para luego ser enviada al BNA mediante correo oficial establecido para tal fin.
 
9.1. En el caso de las transferencias a Cuentas de Gastos de Administración de UDAI o Jefaturas Regionales, informa en el día el detalle de las mismas a cada UDAI o Jefatura Regional, a los fines de que éstas verifiquen el crédito en sus cuentas y procedan a citar y cumplimentar el pago.
 
10. El Banco de la Nación Argentina envía periódicamente, vía SITACI, los archivos con las rendiciones de las operaciones, se confirman en SAP y se incorporan en el legajo de pago.
 
11. Remite a la Dirección de Contabilidad para su Archivo.
 
Dirección Contabilidad - Coordinación Análisis y Estados Contables
 
12. Al cierre de cada Mes, a efectos de realizar la conciliación bancaria de la cuenta Corriente de la UDAI / Jefatura Regional, recibe de las mismas los archivos y documentación de los pagos efectuados.
 
13.Efectúa el registro contable y presupuestario del pago en el sistema SAP (ZU) de los casos que la UDAI / Jefatura Regional realizó el pago al beneficiario
 
14. En caso de corresponder, informa a la Jefatura regional / UDAI, las diferencias o inconsistencias detectadas, a los fines de su regularización y ajuste contable.
 
15.En caso que la UDAI / jefatura Regional no realice el pago, se solicita la devolución de los fondos a la cuenta corriente BNA 1875/35 y se informa a las áreas correspondientes.