Circular 18/22 - ANSeS (DP)Incremento para jubilaciones y pensiones. Régimen Docente Universitario. Mensual junio 2022
Buenos Aires, 24 de mayo de 2022
Teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las prestaciones de Docentes Universitarios, operará en el mensual 09/2022, se brindan las pautas de liquidación de este tipo de prestaciones, teniendo en cuenta:
A) Los nuevos valores de haberes mínimos, máximos y de PBU que rigen a partir del mensual 06/2022.
Haber mínimo = |
$ 37.524,96 |
Haber máximo = |
$ 252.507,44 |
Prestación Básica Universal (PBU) = |
$ 17.165,96 |
B) Las leyes aplicadas de Docentes Universitarios alcanzadas por la movilidad de ley general.
1. Tratamiento por Ley Aplicada de las prestaciones de Docentes Universitarios:
1. Ley Aplicada UA (Docente Universitario puro) |
Conceptos: |
001-000 |
Solo debe contener este código de haber, de lo contrario es un error. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
* * * |
No aplica movilidad en 06/2022 |
2. Ley Aplicada UB (Ley anterior con simultaneidad Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-000001-153 |
No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
15% |
Movilidad Ley General sobre ambos haberes. |
3. Ley Aplicada UC (Ley 24.241 con simultaneidad Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 combinado con el 001- 153 |
No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
15% |
Movilidad Ley General sobre ambos haberes. Ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU. |
4. Ley Aplicada UD (Ley Especial 24.018 con simultaneidad Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-001001-156 |
No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
|
Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor: - Si 001-000 es mayor al 001-156 NO corresponde aplicar movilidad en 06/2022. - Si 001-156 es mayor al 001-000 se debe generar un reporte para enviar a la Dirección de Trámites Complejos para que la movilidad sea tratada manualmente. |
5. Ley Aplicada UE (Haber conjunto Ley 22.929 con Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-000 001-155 |
No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
* * * |
Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor: - Si 001-155 es mayor al 001-000 NO corresponde aplicar movilidad en 06/2022. - Si 001-000 es mayor al 001-155 se debe generar un reporte para enviar a la Dirección de Trámites Complejos para que la movilidad sea tratada manualmente. |
6. Ley Aplicada UF (Haber conjunto Dto. 160/05 Ley 24.241 con Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 combinado con el 001- 153 y 006-023 |
No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
* * * |
Movilidad correspondiente a la Ley cuyo haber sea mayor. - Si es mayor el importe de los 001-XXX + 006-023 (Haber de Investigador Científico) se otorga la movilidad de Ley General (15%).
- Si es mayor el importe del 001-155 NO corresponde aplicar movilidad en 06/2022.
Ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU. |
7. Ley Aplicada UG (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Leyes Anteriores con Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-000 001-155 con 006-022; 006-25 ó 006-030 |
No puede contener códigos de haber de Ley 24.241 u otro distinto a los informados. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
* * * |
No aplica movilidad en 06/2022. |
8. Ley Aplicada UH (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Ley 24.241 con Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 combinado con el 001- 155 y 006-022; 006-025 ó 006-030 |
No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
* * * |
No aplica movilidad en 06/2022. |
9. Ley Aplicada UV (Ley 24.241 Ex-Capitalización con simultaneidad Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 combinado con el 001-153 más 003-XXX ó 005-XXX ó 006-900 ó 006-934 ó 006-935 |
No puede tener 001-000 u otro distinto a los informados. Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114-925. Esta Ley Aplicada opera en forma análoga a la Ley Aplicada UC |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
15% |
Movilidad Ley General para todos los haberes a excepción de los 005-XXX y 006-900, 006-934 y 006-935. Esta ley opera en forma análoga a la ley aplicada UC. Ver ejemplo de liquidación cuando existe PBU. |
10. LEY Aplicada UX (Docente Universitario puro con haberes de RVP) |
Conceptos: |
001-000 combinado con el 005- XXX ó 006-900; 006-934 ó 006-935 |
Solo debe contener los códigos de haberes detallados, de lo contrario es un error. Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114- 925. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
* * * |
No aplica movilidad en 06/2022. |
11. Ley Aplicada UZ (Haber conjunto Ley 24.016, Dto. 137/05, Ley 24.241 Ex-Capitalización con Docente Universitario) |
Conceptos: |
001-001; 001-002 y/o 001-003 ó 001-004 ó 001-005 ó 001-014 combinado con el 001- 155y 006-022; 006- 025 ó 006-030 más 003-XXX ó 005-XXX ó 006-900; 006-934 ó 006-935 |
No puede tener el concepto 001-000 u otro distinto a los informados.
Si se registra algún 005-XXX pueden coexistir los conceptos 114-923 ó 114- 925.
Esta Ley Aplicada opera en forma análoga a la Ley Aplicada UH. |
Marca de tope: |
“E” |
Escala de Deducción |
Aumento: |
* * * |
No aplica movilidad en 06/2022. |
2. Ejemplos de Liquidación de prestaciones con movilidad:
2.1. Ley Aplicada UB.
Independientemente del importe de los haberes establecidos por Ley N° 26.508 y por leyes anteriores a la Ley N° 24.241, siempre sobre ambos haberes se aplicará la movilidad de Ley General = 15%.
Liquidación 05/2022:
001-000 |
001-153 |
Total |
$ 43.662,50 |
$ 36.733,33 |
$ 80.395,83 |
Liquidación 06/2022:
001-000 (05/22) + 15% |
001-153 (05/22) + 15% |
Total |
$ 50.211,88 |
$ 42.243,33 |
$ 92.455,21 |
2.2. Ley Aplicada en la cual existe el concepto de PBU (Leyes UC y UV)
Independientemente del importe de los haberes establecidos por Ley N° 26.508 y por Ley N° 24.241, siempre sobre ambos haberes se aplicará la movilidad de Ley General = 15%.
Liquidación 05/2022:
001-001 |
001-002 |
001-153 |
Total |
$ 14.926,92 |
$ 25.731,04 |
$ 55.334,55 |
$ 95.992,51 |
Liquidación 06/2022:
001-001 (05/22) + 15% |
001-002 (05/22) + 15% |
001-153 (05/22) + 15% |
Total |
$ 17.165,96 |
$ 29.590,70 |
$ 63.634,73 |
$ 110.391,39 |
2.3. Ley Aplicada en la cual solo existe diferencia por el incremento de PBU. (Leyes UH y UZ).
En estos casos corresponde compensar el incremento de la PBU sobre el total del beneficio.
Liquidación 05/2022:
001-001 |
001-002 |
006-025 |
001-155 |
Total |
$ 14.926,92 |
$ 25.447,48 |
$ 11.498,46 |
$ 44.797,20 |
$ 96.670,06 |
Liquidación 06/2022:
001-001 (05/22) + 15% |
001-002 (05/22) |
006-025 (05/22) |
001-153 (05/22) + 15% |
Total |
$ 17.165,96 |
$ 25.447,48 |
$ 11.498,46 |
$ 44.797,20 - Z |
$ 96.670,06 |
Donde Z es la diferencia entre la PBU.
Como la PBU a liquidar debe ser la PBU resultante de aplicar la movilidad por ley general:
Se debe calcular la PBU (06/2022) como el producto de la PBU (05/2022) * Movilidad 06/2022 = 14.926,92 * 1,15 = $ 17.165,96
La diferencia entre ambos importes de PBU (Mayo/22 y Junio/22) se debe descontar del importe del 006-025, para balancear la liquidación, siendo esta:
Diferencia entre PBU (06/2022) - PBU (05/2022) = $ 17.165,96 - $ 14.926,92 = $ 2.239,04
Luego la liquidación del mensual 06/2022 resulta:
001-001 (05/22) + 15% |
001-002 (05/22) |
006-025 (05/22) |
001-155 (05/22) - $ 2.239,04 |
Total |
$ 17.165,96 |
$ 25.447,48 |
$ 11.498,46 |
$ 44.797,2 - $2.239,04 = $42.558,16 |
$ 96.670,06 |
En consecuencia, las personas beneficiarias de una prestación docente universitaria, acordada bajo estos tipos de leyes aplicadas, seguirán percibiendo en junio/22, el mismo haber que en mayo/ 2022, con el importe actualizado de la PBU.
2.4. Ley Aplicada UF sin concepto de PBU.
2.4.a. El haber de la prestación establecido por Ley N° 26.508 (001-155) es menor al haber establecido por Ley N° 24.241 y Decreto N° 160/05 (001-XXX + 006-023).
Se debe aplicar el aumento de régimen general = 15%.
Liquidación 05/2022:
001-004 |
006-023 |
001-155 |
Total |
$ 22.285,20 |
$ 27.891,15 |
$ 16.713,90 |
$ 66.890,25 |
Liquidación 06/2022:
001-004 (05/22) +15% |
006-023 (05/22) +15% |
001-155 (05/22) +15% |
Total |
$ 25.627,98 |
$ 32.074,82 |
$ 19.220,99 |
$ 76.923,79 |
2.4.b. El haber de la prestación establecido por Ley 26.508 (001-155) es mayor al haber de Ley N° 24.241 y Decreto N° 160/05 (001-XXX + 006-023).
Sobre la prestación hay que aplicar la movilidad correspondiente al régimen del Docente Universitario, en consecuencia, en esta casuística no se aplicará movilidad hasta 09/2022.
En el supuesto de que el beneficio contenga la prestación de PBU, lo abonado en exceso por este concepto (al incrementarlo con la movilidad de ley general) será disminuido del importe del haber establecido por Ley N° 26.508.
Liquidación 05/2022:
001-001 |
001-002 |
006-023 |
001-155 |
Total |
$ 14.926,92 |
$ 31.412,02 |
$ 11.100,27 |
$ 74.491,54 |
$ 131.930,75 |
Liquidación 06/2022:
001-001 (05/22) + 15% |
001-002 (05/22) |
006-023 (05/22) |
001-155 (05/22) - Diferencia de PBU |
Total |
$ 17.165,96 |
$ 31.412,02 |
$ 11.100,27 |
$ 74491,54 - $2.239,04 = $ 72.252,50 |
$ 131.930,75 |
Al incrementarse la PBU en $2.239,04 (por aplicación de la movilidad 06/2022 para Ley General) dicho monto se debe retraer de importe de haber del concepto de Docente Universitario (001-155).
En consecuencia, las personas beneficiarias de una prestación docente, acordada bajo este tipo de ley aplicada y resultando que el haber de la prestación establecido por Ley N° 26.508 es mayor al haber de Ley N° 24.241 y decreto N°160/05, seguirán percibiendo en junio/22, el mismo haber que en mayo/ 2022, con el importe actualizado de la PBU.
2.5. Ley Aplicada US - Acumulación de Beneficios Docentes Universitarios (acordados por leyes anteriores a la Ley 24.241) con Prestaciones del IAF.
Si la Ley sumatoria de conceptos de haber es inferior al haber mínimo vigente a partir de 06/2022, se aplicará aumento de Ley General (15%), pudiendo ocurrir que:
- El nuevo haber (luego de aplicar el aumento) supere el Haber Mínimo, en cuyo caso se limitará el haber al mínimo de ley.
- El nuevo haber (luego de aplicar el aumento) NO supere el Haber Mínimo, en cuyo caso se liquidará el haber mínimo de ley.
Si la sumatoria de conceptos de haber es mayor al haber mínimo, NO se deberá aplicar movilidad alguna y NO se limitará el haber al mínimo de ley general.
2.6. Ley Aplicada UT - Acumulación de Beneficios Docentes Universitarios (acordados por Ley 24.241) con Prestaciones del IAF.
El tratamiento es igual al dispensado a la Ley US.
2.7. Ley Aplicada UV - Haber de simultaneidad de Ley 26.508 menor o mayor al Haber de Ley 24.241 con conceptos de Ex-Capitalización.
Se aplica la movilidad de Ley General = 15%.
El tratamiento es igual al dispensado a la Ley Aplicada UC, con la única diferencia que en la liquidación existen conceptos del ex-régimen de capitalización (003-XXX ó 005-XXX).
Nota: Si un beneficio, catalogado con una Ley Aplicada que pertenezca al régimen Docentes Universitarios presentase alguna inconsistencia, el mismo será excluido del proceso de movilidad hasta tanto se regularice su liquidación.