Buenos Aires, 29 de diciembre de 2021
Se informa a todas las UDAI, oficinas y dependencias pertenecientes a esta Administración Nacional el procedimiento a llevar a cabo cuando solicite el pago de obligaciones judiciales no previsionales, de costas judiciales de procesos previsionales o pago de honorarios dispuestos por sentencia judicial mediante la herramienta de SIEEL - Atención Virtual.
1. El Profesional ingresa a Atención Virtual y selecciona la opción “Iniciar Nueva Atención Virtual”, luego “Reclamo de Pago de Honorarios”.
2. El Profesional adjunta la siguiente documentación:
- Fotografía de frente y dorso del DNI.
- Constancia de CBU.
- Constancia AFIP actualizada.
- Certificado de Justicia que las sumas reclamadas se encuentren firmes e impagas.
- Piezas procesales que regulen las sumas reclamadas.
3. El Profesional Ingresa el número de expediente Judicial.
4. El Profesional en campo de observaciones debe completar con la siguiente leyenda “Declaro no desempeñar funciones a sueldo en los términos del Decreto N° 6068/69", y presiona el botón de enviar.
5. El sistema SIEEL - Atención Virtual deriva el trámite a la Oficina “COORDINACIÓN PAGO E IMPUGNACIONES” código 10032040.
6. El operador, puede desde la bandeja “En Sector”, asignarse la atención virtual a sí mismo, o bien un operador con Rol Supervisor o Jefe puede derivarlo.
7. El operador analiza el trámite de acuerdo a la documentación adjunta y procede de acuerdo a las siguientes opciones;
7.1. El operador verifica que la documentación presentada sea la correcta y la requerida según normativa vigente para el pago de obligaciones judiciales no previsionales (FINA-09-02). Continua en el punto 9.
7.2. En caso que la documentación no pueda visualizarse / sea errónea / tenga faltante de documentación / no se cumplimente lo dispuesto en el punto 5, se procede a:
7.2.1. Coloca la atención Virtual en “Solicita más Información al ciudadano”.
7.2.2. Se activa respuesta en el aplicativo SIEEL - Atención Virtual para que el titular cumpla con lo requerido, quedando la misma “En espera”, con las observaciones requeridas.
7.2.3. El solicitante carga documentación y presiona Enviar.
7.2.4. Una vez enviada la documentación, la Atención Virtual automáticamente se traslada a la bandeja “A trabajar” del operador, que previamente había solicitado la nueva información.
7.2.5. Vuelve al punto 8 (Aclaración: no se debe dar como finalizada la atención).
8. El operador carga la respuesta en ANÁLISIS y cierra la AV como “Finalizada con Expediente” y continua el circuito según normativa vigente. Fin del proceso de Atención Virtual.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
El Sistema de Atención Virtual no contempla el cobro de los honorarios del Programa de Reparación Histórica (Ley 27.260 y sus normas reglamentarias). Para ello se informa que ANSES depositará los montos correspondientes en la CBU declarada por el profesional a través del Sistema de “Alta de Proveedores”, una vez cumplimentada la información requerida:
https://servicioscorp.anses.gob.ar/claveloqon/logon.aspx?system=prove