Circular 27/21 - ANSeS (DP) Tratamiento de los servicios prestados para empleadores que se encuentren en la base única de situaciones de riesgo (Reemplaza a la circular DP N° 57/18)

Buenos Aires, 1 de julio de 2021

Se pone en conocimiento de todas las Unidades de Atención Integral (UDAI) y de las demás Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), que en el marco del trabajo conjunto entre la Dirección General Diseño de Normas y Procesos, la Dirección General Control Prestacional y la Administración Federal de Ingresos Públicos, se implemento la “Base Única de Situaciones de Riesgo” como una estructura de registros fehacientes que permitirán la identificación de aquellas relaciones laborales declaradas que requieren un tratamiento diferencial previo a la utilización de los servicios, carácter y/o remuneraciones para el otorgamiento de prestaciones.

La disponibilidad de esta información tiene un enfoque fundamentalmente preventivo que permite integrar los procesos de control a los procesos de otorgamiento y liquidación y de este modo resolver situaciones de riesgo con antelación a la puesta al pago de las prestaciones.

A modo de ejemplo, se detallan a continuación algunas situaciones de riesgo contempladas para la conformación de la mencionada base:

- Sujeto no Confiable en Materia de Seguridad Social-Origen AFIP.

- Empleadora/or inhibido en el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF)

- Empleadoras/es que en el proceso de verificación no han aportado documentación respaldatoria por determinadas relaciones laborales declaradas.

- Empleadoras/es con DDJJ en SIPA con CUIT periodos anteriores/posteriores al Alta/Baja en ADE.

- Empleadoras/es (Personas Físicas) que registren fecha de fallecimiento en ADP y posean DDJJ en SIPA en períodos posteriores, etc.

Detalle de Tareas

Las pautas a las que deben ajustarse las áreas operativas de esta Administración Nacional, en los casos que se presenten solicitudes de beneficios previsionales o reconocimientos de servicios son las siguientes:

Si en la información detallada en el SPRE se indica que existen registros en la “Base Única de Situaciones de Riesgo”, se deberá consultar la información del SIPA correspondiente a los Movimientos Presentados desde Julio/1994, corroborando el código informado en la columna “BPSR”.

- Si el código es igual a “3", se debe denegar el periodo trabajado para esa o ese empleadora o empleador respectivamente y dejar constancia en el expediente que por esos servicios media inhibición definitiva establecida por acto resolutivo de esta Administración respecto de las DDJJ presentadas por la o e! empleadora/or.

- Si el código es igual a 4, no se debe emitir verificación y se debe requerir dictamen legal respecto de las pruebas aportadas por la persona solicitante, dado que quedó agotada la vía de la verificación para esa o ese empleadora/or. De acuerdo a lo dictaminado, se procederá a la acreditación o no de los períodos de la o el empleadora/or de que se trate.

- Si el código es 5, 8 o 9, se debe considerar el periodo sin inhibiciones preventivas, por lo cual posteriormente se le aplicaría la probatoria de servicios vigente.

- Si el código es alguno distinto a los detallados en los puntos precedentes, los periodos trabajados para esa o ese empleadora/or deben enviarse a verificar. Para ello una vez efectuada la probatoria de servicios, deberá darse de baja y emitir en’forma manual a través de la BUAV, una verificación con tipo de trámite 518 - VERIFICACIÓN INTEGRAL, por la totalidad de los periodos declarados por la persona solicitante, a nombre de cada uno/a de los/as empleadores/as identificados/as con esta condición.

Este procedimiento será de aplicación para todos aquellos casos pendientes de resolución a la fecha de publicación de la presente circular y para los casos retenidos por la Dirección General de Control Prestacional, por encontrarse la o el empleadora/or en proceso de alta a la Base de Empleadores de Riesgo.

Se recuerda que a fin de obtener más detalles sobre la situación de la empleadora/or y conocer el expediente por el cual se ha realizado la incorporación a la Base Única de Situaciones de Riesgo, se puede ingresar a la aplicación AEDU (MAUS-65-01).