Buenos Aires, 30 de abril de 2024
Se informa a todas las oficinas y dependencias internas pertenecientes a esta Administración Nacional el procedimiento a llevar a cabo cuando se generen a través de la herramienta de SIEEL - Atención Virtual (AV) respuestas a citaciones y/o presentaciones de cese de servicios.
Procedimiento
El titular ingresa a la Atención Virtual de Citados para agregar documentacion y/o cese de servicios y seleciona el trámite por el cual quiere incorporar la documentación.
El sistema solo permitirá seleccionar expedientes que se encuentren en estados de citación o presentación de cese de servicios (25 o 16 o 07 o 02 o 47).
El titular incorpora la documentación correspondiente.
Importante: Se aclara que solo podrá subir archivos con formato PDF. El titular escribe la consulta y envía la AV a ANSES.
El sistema validará la naturaleza del expediente:
- Si es Original (papel), el sistema genera la AV con el proceso actual de nodo interactivo y modificará el estado del expediente a 90 - Determinación de derecho para que la oficina pueda identificar en el STOCK dicho trámite AV iniciado.
- Si es ELECTRÓNICO, el sistema incorporara la documentación en el expediente por el cual la persona inicio la AV como “pendiente” y modificará el estado del expediente a 90 - Determinación de derecho para que la oficina pueda identificarlo en el STOCK. Si la instancia del mismo es CITACIÓN, moverá el expediente a la instancia anterior y quedará en la bandeja A TRABAJAR del operador que inició la citación. En caso que la instancia no sea CITACIÓN, el sistema no modificará la misma.
Importante: El sistema identificará los documentos con las siglas SIEXP, código de sistema de AV, a fin de reflejar desde donde se obtuvieron.
Para los expedientes ELECTRÓNICOS, el sistema cierra la atención virtual en forma favorable y envía un mail al titular indicando que se incorporó la documentación al expediente, quedando la misma a espera del tratamiento del operador, y que podrá hacer su seguimiento por Mi ANSES – Seguimiento de Expediente.
En caso de que la documentación no se pueda analizar y deba volver a solicitarse, el operador volverá a emitir la citación de acuerdo a lo establecido en la Circular DPAyT Nº 20/22 o la que en el futuro la reemplace, y posteriormente continuará con el proceso indicado en esta Circular.
Nota: Las capturas de pantalla no se publican.
Circular 11/24 – ANSeS (DPAyT) SIEEL. Sistema Expediente Electrónico. Atención Virtual citados para agregar documentacion y/o cese de servicios
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- Categoría: Normativa