PREV-04-03/23 - ANSeS Movilidad de haberes. Retiros del Personal de la Policía y los Servicios Penitenciarios Provinciales (Ex Cajas Provinciales Transferidas)

 
Vigencia: 03/03/2023
 
I. Objetivo
 
Establecer el procedimiento a seguir para que el reconocimiento de la movilidad que corresponda a cada régimen de Retiros de Policía y Servicio Penitenciario provincial.
 
II. Alcance
 
Reconocer el incremento desde la vigencia de la norma provincial hasta su efectivo pago en el Sistema Liquidador de ANSES.
 
III. Consideraciones Generales
 
Las distintas UTP, UCP U OTP, estarán a cargo de realizar el cálculo del/ los aumentos que correspondan a estos regímenes.
 

PROVINCIA  ORGANISMO 
CATAMARCA  UNIDAD DE TRAMITES PREVISIONALES CATAMARCA 
JUJUY  UNIDAD DE CONTROL PREVISIONAL JUJUY 
LA RIOJA  SECRETARIA DE GESTION PREVISIONAL 
MENDOZA  OFICINA TECNICA PREVISIONAL 
RIO NEGRO  UNIDAD DE TRAMITES PREVISIONALES RIO NEGRO 
SALTA  UNIDAD DE TRAMITES PREVISIONALES DE REGIMENES ESPECIALES 
SAN JUAN  UNIDAD DE TRAMITE PREVISIONAL -DIVISIÓN PREVISIÓN SOCIAL (POLICIA) Y SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL 
SAN LUIS  SUBPROGRAMA PREVISIONAL Y RETIRO DE SEGURIDAD 
SANTIAGO  UNIDAD DE TRAMITES PREVISIONALES 
TUCUMÁN  UNIDAD DE TRAMITE PREVISIONAL 

 
Correspondiendo, asimismo, a la provincia, a través del Centro de Cómputos pertinente (UTP, UCP, OTP, Gobernación), informar las novedades para el ingreso a la liquidación de ANSES, en el Diseño de Registro informado en los anexos I y II que se adjuntan.
 
Mensualmente los organismos provinciales reciben de parte de la Coordinación Control de Procesos de ANSES el archivo de sus propios beneficiarios por SITACI, el cual será utilizado para calcular la liquidación de la movilidad.
 
IV. Detalle de Tareas
 
Organismo Provincial Previsional - UTP - OTP - UCP
 
1.  Confecciona legajo/expediente administrativo al cual deberá glosar:

  • Copia de la norma que dispone el aumento salarial, de la ley sobre la que se aplica y reglamentación sobre movilidad, debidamente autenticada, por las autoridades que correspondan, dependiendo de cada provincia.
  • Informe de variación proporcional al aumento de las remuneraciones, aportes y contribuciones emitido por la Contaduría General de la Provincia, o autoridad competente, en el cual deberá discriminarse la cantidad de agentes que percibe el incremento con carácter remunerativo y no remunerativo, en caso de corresponder.

 

PROVINCIA  INFORME DE APORTES Y CONTRIBUCIONES 
CATA MARCA  ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PREVISIONALES (AGAP), DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA 
JUJUY  CONTADURÍA DE LAPROVINCIA-CONTADORDE LAPCIA., DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS 
LARIOJA  SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CAPITAL HUMANO, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA 
MENDOZA  CONTADURÍA GRAL DE LA PROVINCIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINAN ZAS 
RIO NEGRO  CONSEJO PCIAL DE LA FUNCION PUBLICA Y LA RECONVERSIÓN DEL ESTADO, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA 
SALTA  CONTADURÍA GRAL DE LA PROVINCIA: CONTADOR GRAL, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA 
SAN JUAN  AUDITORIA P REVI SIONAL Y TRIBUTARIA DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINAN ZAS 
SAN LUIS  CONTADURÍA GRAL DE LA PROVINCIA: CONTADOR GRAL., DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE HACIENDAPUBLICA 
SANTIAGO  DIRECCIÓN GRAL DE INFORMÁTICA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA 
TUCUMÁN  DEPARTAMENTE PREVISIONAL E IPOSITIVO DEPENDIENTE DE LACONTADURIA GRAL DE LAPCIA 

 

  • Dictamen el área legal del organismo provincial fundando la procedencia del aumento y mencionando las normas de aplicación.
  • Estimación presupuestaria del incremento, discriminado en Retiros y Pensiones de Retiro.

2. Remite el legajo/expediente a la Coordinación Análisis Económico Regímenes Provinciales Transferidos (CAERP) dependiente de la Dirección Análisis Económico Regímenes Provinciales (DARP).
 
DARP - Coordinación Análisis Económico Regímenes Provinciales Transferidos (CAERPT)
 
3. Recibe el legajo y/ o expediente administrativo y caratula expediente en GDE con el tipo de Trámite GENE00085: Reclamo Administrativo bajo la denominación “TRAMITE DE MOVILIDAD DE HABERES DEL REGIMEN DE RETIROS Y PENSIONES DE LA POLICIA Y SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE...”
 
4. Verifica el cumplimiento de los requisitos formales:
 
4.1. De resultar todo correcto, remite expediente a la Coordinación Apoyo legal de la Dirección General de Finanzas y sigue en 5.
 
4.2. En caso de observarse la documentación o se requiera ampliar la información, envía nota al Organismo Provincial correspondiente indicando expresamente los defectos formales a subsanar o los motivos del rechazo, a fin que proceda a cumplimentar lo requerido. Con respuesta remite expediente a la Coordinación Apoyo legal de la Dirección General de Finanzas sigue en 5.
 
DGF - Coordinación Apoyo Legal
 
5. Recibe el expediente remitido por la CAERPT y analiza la procedencia del aumento de haberes pudiendo ocurrir que:
 
5.1. Emita dictamine favorable, devuelve el expediente a la CAERPT Y continúa en 6.
 
5.2. Emita dictamen desfavorable, devuelve el expediente a la CAERPT continúa en 14.2
 
5.3. Considere pertinente elevar en consulta el expediente a la Dirección Asesoramiento en los términos de la Resolución D.E.-A N° 307/01 para lo cual remite expediente a dicha Dirección y continúa en 7.
 
5.3.1. Una vez recibido el expediente de parte de la DA, analiza en función a la opinión de la mencionada Dirección y emite dictamen. Continúa según corresponda en punto 5.1 o 5.2.
 
DARP - Coordinación Análisis Económico Regímenes Provinciales Transferidos
 
6. Remite nota a la Dirección Gestión Presupuestaria informando el presupuesto estimativo y el mensual de pago, conteniendo los siguientes datos:
 
a) Total de casos a los que se les aplicará el aumento dividido en retiros y pensiones de retiros.
 
b) Impacto de la normativa a aplicar: Periodos que abarca -anual o mensual - y cantidad estimada de meses retroactivos.
 
c) Haber Total Actual.
 
d) Haber Total Anterior.
 
Dirección General Asuntos Jurídicos (DGAJ)
 
Dirección Asesoramiento (DA)
 
7. Recibe el expediente, remitido en el punto 5.3.
 
8. Analiza y emite dictamen.
 
9. Agrega el dictamen al expediente, lo devuelve a la DGF-CAL. Dirección Gestión Presupuestaria (DGP)
 
10. Recibe la nota con el presupuesto estimativo del punto 6.
 
11. Toma conocimiento de los fondos que deben liquidarse en concepto de sumas retroactivas, haberes y SAC por el aumento tramitado, sobre la base de la información suministrada por la CAERPT.
 
12. Informa a la CAERPT por nota aprobando o rechazando el requerimiento presupuestario y continua en 13.
 
DARP - Coordinación Análisis Económico Regímenes Provinciales Transferidos
 
13. Recibe informe de la DGP aprobando o rechazando el requerimiento presupuestario:
 
13.1. Si el presupuesto es aprobado, el trámite continúa en 14.
 
13.2. Si el presupuesto estimativo no es aprobado, informa por nota al Organismo Provincial, quedando sin efecto la operatoria, hasta la habilitación de la partida presupuestaria. El legajo conformado queda en reserva o pendiente hasta que se disponga de los recursos necesarios.
 
14. Dependiendo de lo dictaminado por la Coordinación Apoyo Legal de DGF:
 
14.1. Si el dictamen es favorable:
 
14.1.1. Comunica al Organismo Provincial, con copia a la Unidad de Atención de Trámites Interjurisdiccionales (UATI), la procedencia del aumento para que efectúe la liquidación, y posterior remisión a la UATI.
 
14.1.2. Elabora un informe determinando los alcances del aumento y remite el expediente a la UATI.
 
14.2. Si el dictamen es desfavorable.
 
14.2.1. Notifica por nota al Organismo Provincial y a Unidad de Atención de Trámites Interjurisdiccionales (UATI) para su conocimiento.
 
14.2.2. Elabora informe y archiva el expediente.
 
Organismo Provincial Previsional - UTP - OTP - UCP
 
15. Recibe detalle de Diferencia en Retiros, Beneficios con Ex - caja incorrecta o ley aplicada, etc. Estos casos serán enviados en nómina aparte a la Unidad de Atención Trámites Interjurisdiccionales según procedimiento establecido en la Res. 540/2004 para su posterior tratamiento y carga en el LMN en caso de corresponder.
 
16. Tomando en cuenta el archivo de Retiros y Pensiones de Retiros recibido mensualmente por SITACI, la provincia deberá conformar el listado de los beneficiarios excluyendo los identificados en los puntos 15, a los que corresponde aplicar la movilidad, que deberá incluir los siguientes datos:

  • 16.1. Número de beneficio con copartícipe.
  • 16.2. Tipo y número de documento.
  • 16.3. Apellido y nombre.
  • 16.4. Haber sin aumento, haber con aumento, diferencia.
  • 16.5. Importe retroactivo del haber.
  • 16.6. Cálculo de cargo por aportes (Importe retroactivo).
  • 16.7. Cálculo por Obra Social sobre retroactivo.
  • 16.8. Cálculo de Seguro de Vida Obligatorio sobre retroaactivo.

Genera el archivo de novedades, el cual contendrá los cálculos del aumento para su impacto en la liquidación, con el diseño de registro de 192 (Novedad LMN), el cual se detalla en el ANEXO.
 
Esta información deberá ser remitida en un archivo Excel por correo electrónico a la casilla de UATI “Movilidades de Fuerzas de Seguridad Cajas Transf.”, para su control.
 
17. Una vez aprobado el archivo remitido en el punto 16. por parte de la UATI, envía la misma información por SITACI el/los archivo/s en formato txt a la Dirección de Procesamiento (Coordinación Control de Procesos) con copia a la Dirección Previsional.
 
Simultáneamente, informa dicha transferencia por email a las casillas:
 
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Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y “Movilidades de Fuerzas de Seguridad Cajas Transf.”
 
18. La provincia deberá presentar, estos soportes, en un plazo mínimo de 10 días hábiles anteriores a la fecha de cierre para el ingreso de novedades del mensual en curso. Caso contrario se procesará para el mensual siguiente.
 
DTC - Unidad de Atención Trámites Interjurisdiccionales (UATI)
 
19. Recibe el expediente remitido por CAERPT en el punto 14.1.2.
 
20. Controla la liquidación remitida por el Organismo Provincial en el punto 16.
 
20.1. Si la liquidación es aprobada, informa al Organismo Previsional que remita el archivo (formato txt) con la liquidación por SITACI a la Dirección de Procesamiento (Coordinación Control de Procesos) dejando constancia de ello en el expediente.
 
20.2. En caso de observarse errores en la liquidación se da intervención al Organismo Provincial para su corrección, con un plazo estimado de 24 hs. desde la comunicación para su devolución. Ajustada la liquidación realizar las acciones del punto 16.
 
Dirección Trámites Complejos (DTC)
 
21. Remite nota a la Dirección Previsional, con copia a la Dirección de Control de la Liquidación y Red de Grupos Móviles (Coordinación Control de Prestaciones Pasivas) y a la Dirección Análisis de Regímenes Provinciales (Coordinación Análisis Económico Regímenes Provinciales Transferidos- CARPT), con una descripción del aumento aprobado a otorgar, número de expediente GDE y mensual del proceso (vigencia y normativa), con archivos del dictamen, nota de reserva presupuestaria e informe CAERPT de aprobación del aumento del punto 14.1.2.
 
22. Remite Nota a la Dirección de Procesamiento (Coordinación Implementación) informando el aumento, con los archivos embebidos de la normativa, dictamen, reserva presupuestaria e Informe CAERPT del punto 14.1.2, identificando los archivos TXT remitidos por SITACI a la Coordinación Control de Procesos por el Organismo Provincial. La misma debe remitirse con una antelación mínima de 48 hs. al cierre de novedades.
 
Dirección Previsional
 
23. Recibe nota del punto 21, formula los requerimientos informáticos a la Dirección Sistemas para aplicar el incremento con copia a la Dirección Control Predictivo y Gestión Integral de Riesgos, Control de la Liquidación y Red de Grupos Móviles y a la Unidad Atención de Trámites Interjurisdiccionales.
 
Dirección de Procesamiento
 
24. Recibe el archivo mencionado en el punto 16 y la nota de la Dirección Trámites Complejos del punto 22.
 
25. Analiza la validez del Diseño de Registro.
 
25.1. De ser correcto el diseño procede a impactar las novedades generadas por la provincia sobre los beneficios en cuestión, en el mensual acordado de acuerdo a los requerimientos informáticos generados por parte de la Dirección Previsional en el punto 23 y responde por mail a la provincia con copia a las casillas intervinientes, que se transmiten a HBOST los archivos correspondientes.
 
25.2. De no haberse respetado el diseño solicitado:
 
25.2.1. Da intervención a la Unidad Atención de Tramites Interjurisdiccionales para que informe a la provincia.
 
25.2.2. Envía archivo electrónico de inconsistencias vía SITACI a la UATI y a la Dirección Previsional.
 
Dirección de Control de la Liquidación y Red de Grupos Móviles (Coordinación Control de Prestaciones Pasivas)
 
26. Recibe lo remitido en el punto 21 y realiza el control centralizado de consistencia por oposición.
 
26.1. De acuerdo al resultado del control:
 
26.1.1. Si no posee observaciones, consiste la liquidación.
 
26.1.2. Si posee observaciones, informa a la Dirección Procesamiento, UATI y a la Dirección Previsional, tomando las acciones conforme lo dispuesto en la Circular DP N° 48/22 o la que en el futuro la reemplace.
 
Unidad de Atención de Trámites Interjurisdiccionales (UATI)
 
27. Recibidas las observaciones realizadas por la Dirección de Control de la Liquidación y Red de Grupos Móviles informa a la provincia para su corrección indicando el mensual de posible aplicación de las novedades corregidas, notificando también a la Dirección Previsional.
 
28. Si corresponde la retención de la puesta al pago, el área operativa deberá generar los Pago Manual por Tesorería(PMT) pertinentes con el haber anterior al impacto para garantizar la continuidad de la percepción a los titulares de los haberes habituales.
 
Organismo Provincial Previsional
 
29. La provincia realizará las correcciones pertinentes, debiendo volver a trabajar el archivo conforme el punto 16.
 
Unidad de Atención de Tramites Interjurisdiccionales
 
30. Adjunta nota de Dirección Previsional del punto 23 al expediente electrónico.
 
31. Una vez procesadas las novedades a la liquidación archiva el expediente.
 

ANEXO I
DISEÑO DE REGISTRO - NOVEDAD 03 - LONGITUD DE REGISTRO 192

 

SECUENCIA  DESCRIPCIÓN  LONG.  DESDE  HASTA  TIPO DATO 
NUMERO DE BENEFICIO  11  11  NUMERICO 
CODIGO DE MOVIMEINTO  12  12  NUMERICO 
GRUPO DE NOVEDAD  13  14  NUMERICO 
FECHA DE CARGA  15  21  NUMERICO 
HORA  22  27  NUMERICO 000000 
FILLER  28  28  ESPACIO 
TODO ‘X 1  41  29  69  GRABAR X 
HABER REAL  15  70  84  9(13)V99 
TODO ‘X 2  73  85  157  GRABAR X 
10  FILLER  12  158  169  ESPACIOS 
11  CODIGO DE OFICINA  170  177  14180000 
12  CODIGO DE SISTEMA  178  180  TEC 
13  FILLER  12  181  192  ESPACIOS 

ANEXO II

DISEÑO DE REGISTRO - NOVEDAD 10 - LONGITUD DE REGISTRO 192

SECUENCIA  DESCRIPCIÓN  LONG.  DESDE  HASTA  TIPO DATO 
NUMERO DE BENEFICIO  11  11  NUMERICO 
CODIGO DE MOVIMEINTO  12  12  NUMERICO 
GRUPO DE NOVEDAD  13  14  NUMERICO 
FECHA DE CARGA  15  21  NUMERICO 
HORA  22  27  NUMERICO 000000 
DATOS DEL CONCEPTO  55  28  82   
6.1  TIPO DE CONCEPTO  28  28  NUMERICO 
6.2  CODIGO DE CONCEPTO  29  31  NUMERICO 
6.3  CODIGO DE EMPRESA  32  34  NUMERICO 
6.4  FILLER  35  35  ESPACIOS 
6.5  IMPORTE  12  36  47  9(10)V99 
6.6  IMPORTE TOTAL DEUDA  13  48  60  9(11)V99 
6.7  CEROS  14  61  74  000000000 00000 
6.8  CANTIDAD DE CUOTAS  75  77  NUMERICO 
6.9  PORCENTAJE  78  82  9(3)V99 
SECUENCIA  DESCRIPCIÓN  LONG.  DESDE  HASTA  TIPO DATO 
FILLER  87  83  169  ESPACIOS 
CÓDIGO DE OFICINA  170  177  14180000 
CODIGO DE SISTEMA  178  180  TEC 
10  FILLER  12  181  192  ESPACIOS