Buenos Aires, 30 de marzo de 2022.
VISTO:
La nota de fecha 21 de marzo del corriente año del Sr. Presidente y del Sr. Secretario General del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Dres. Eduardo D. Awad y Martín Aguirre, respectivamente, que fuera elevada a este Pleno por el Tribunal de Superintendencia (conf. Acta 443 pto. 4o) y,
CONSIDERANDO:
Que, en la nota referida los Sres. Presidente y Secretario General del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal solicitan a la Presidencia de esta Cámara que se disponga lo necesario a fin de que se propicie la libre atención sin asignación de turnos de abogados, peritos y justiciables a los Tribunales del Fuero durante toda la jornada laboral.
Que, en ese orden, manifiestan que gran porcentaje de la población ya ha sido inoculada con el esquema completo de vacunas como consecuencia del programa de vacunación destinado a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, por lo cual, señalan se ha establecido la apertura de casi la totalidad de las actividades económicas, industriales, comerciales, religiosas, culturales, deportivas, recreativas, sociales y de servicios.
Que, primeramente, cabe destacar que este Tribunal ha dispuesto acciones y dictado resoluciones tendientes a adecuar el funcionamiento del Fuero de forma de garantizar la prestación del servicio de justicia, en cumplimiento de lo establecido por la Acordadas dictadas por el Alto Tribunal durante la Pandemia (conf. Acordadas CSJN Nros. 4/2020, 6/2020, 14/2020 y 31/2020 -entre otras- y Resoluciones CFSS Nros. 32/2020, 33/2020, 40/2020, 2/2021, 11/2021, 20/2021, 22/2021, 29/2021 y 30/2021, entre otras).
Que, asimismo, recientemente, en aras de mejorar aún más la debida prestación del servicio de justicia, esta Cámara ha aprobado el índice de Voces de Escritos del Fuero Federal de la Seguridad Social y el instructivo para que los letrados que litigan en el mismo se puedan capacitar en su utilización (conf. Resolución CFSS N° 4/2022), a los fines de agilizar la presentación de escritos y su clasificación, lo cual redundará en una mejor tramitación de los expedientes.
Que, ahora bien, dada la situación epidemiológica actual, deviene necesario normalizar gradualmente la apertura del Fuero.
Por ello,
LA CÁMARA FEDERAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
1°) Disponer la atención al público, sin turnos, en las mesas de entradas y en la Oficina de Poderes del Fuero durante la jornada laboral.
2°) Establecer que la concurrencia de personal a prestar servicios en forma presencial quedará supeditada a las necesidades y prioridades que dispongan las autoridades de cada dependencia del Fuero, debiendo darse estricto cumplimiento a los Protocolos establecidos por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, debiendo continuarse, en su caso, con la realización de trabajo remoto (conf. Acordada CSJN N° 31/2020).
3°) Recomendar a los titulares de las dependencias del Fuero que, arbitren los medios conducentes para que se contesten los requerimientos que se formulan por vía telefónica y correo electrónico, para disminuir la concurrencia de público.
4°) Protocolícese y hágase saber.