Circular 49/20 - ANSeS (DPA)
Domicilio electrónico de notificación en MI ANSeS

Buenos Aires, 9 de noviembre de 2020

Se informa a todas las UDAI, oficinas y dependencias internas pertenecientes a esta Administracion Nacional que la Resolución N° RESOL-2020-94-ANSES-ANSES (B.O. 22/4/2020), en su Anexo I IF-2020-27039478-AN$ES-DGDNYP#ANSES, establece los Términos y Condiciones de uso para la plataforma de ATENCION VIRTUAL, instando al usuario/a a constituir un domicilio especial electrónico en el que se le notificarán las comunicaciones oficiales devenidas del trámite iniciado a través de la citada modalidad.

En este mismo orden de ideas, la Ley N° 27.551 (B.O. 30/6/2020) modificó el Artículo 75 del Código Civil y Comercial de la Nación, añadiendo la posibilidad de que las partes intervinientes en un contrato constituyan un domicilio electrónico en el que se tengan por eficaces todas las notificaciones, comunicaciones y emplazamientos que allí se dirijan.

Por tal motivo, se encuentra disponible en Ml ANSES una nueva versión del módulo Domicilio y Datos de contacto, con la incorporación de una marca que indica que el correo electrónico fue previamente validado por el titular.

Actualmente, al iniciar el proceso de actualización del correo electrónico, el titular recibe en su casilla personal, un código alfanumérico que debe ingresar en Ml ANSES para continuar el proceso de validación del mismo.

En esta nueva versión, además de la marca mencionada, una vez finalizado el procedimiento, el titular recibirá otro correo electrónico indicando que ha concluido el proceso de actualización correctamente.